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Los pasos a seguir pueden resumirse del siguiente modo:

1.  Identificar las empresas nacionales con posible interés en proyectos de inversiones conjuntos con personas naturales o jurídicas extranjeras. Para ello es posible:

  • Contactar al Centro de Promoción de Inversiones del MINVEC.

  • Contratar los servicios de una consultoría radicada en Cuba.

  • Contactar a los ministerios y grupos empresariales correspondientes

2.  Caso de existir interés por las partes de desarrollar un proyecto de inversión extranjera, suscribir una Carta de Intención de Negocios o Acuerdo Marco y comenzar el proceso de negociación.

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  Durante la negociación se prepara la documentación económica y jurídica que requiere la asociación propuesta; que en lo fundamental incluye: Proyecto de Convenio de Asociación  y de Estatutos; y Estudio de Factibilidad Económica. Además el inversionista extranjero deberá presentar una Acreditación de su identidad y solvencia, así como poderes que prueben su representación legítima en caso que concurra con el carácter de persona jurídica.


Para estos trabajos también pueden contratarse los servicios de las consultorías radicadas en el país.

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  Presentación de la solicitud de inversión suscrita por las partes y de la documentación anterior al Ministerio para la Inversión Extranjera y la Colaboración Económica; quien la somete en calidad de consulta a cuantos otros organismos e instituciones corresponda y con posterioridad la eleva al Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros (CECM) o a la Comisión de Gobierno.

5.  Aprobación (o denegación) del proyecto de inversión por parte del CECM o de la Comisión de Gobierno.

6
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  Emisión del Acuerdo o Resolución Gubernamental autorizando la creación de la Asociación.

7
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  Constitución de la Asociación mediante Escritura Pública en la Notaría Especial del Ministerio de Justicia.

8.
 Inscripción en el Registro de Inversiones Extranjeras de la Cámara de Comercio. Para el registro inicial se establece un límite de 30 días a partir de la fecha de emisión del Acuerdo o Resolución Gubernamental a que se hace referencia en el punto 6.

Se sugiere optar por los servicios del Sistema de Ventanilla Única el cual le permitirá obtener los permisos, licencias, autorizaciones; otorgamiento, certificación y protocolización, así como la obtención de permisos migratorios, y todos aquellos requerimientos para la puesta en funcionamiento de las AEI, en un plazo de 30 días.

 

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En los últimos años se han implementado nuevas modalidades de inversión extranjera en los distintos sectores y ramas de la economía cubana, las cuales constituyen formas contractuales más ágiles y flexibles que ofrecen resultados económicos favorables para cada una de las partes contratantes. Entre estas nuevas formas pueden señalarse, el contrato para la Producción Cooperada de bienes o prestación de servicios y el contrato de Administración Hotelera o Productiva.

Estas modalidades de inversión están reglamentadas en la Resolución 37/2001, mediante la cual fueron puestas en vigor las normas para el registro y control de los contratos para la Producción Cooperada y de Administración Productiva, así como se regula la entrega de información estadística para los contratos de administración hotelera entre entidades cubanas y extranjeras.

a

Actualmente están en desarrollo un conjunto de proyectos en Cuba patrocinados por la ONUDI (Organización de las Naciones Unidas para el Desarrollo Industrial), los cuales se encuentran a la expectativa de financiamiento o aprovisionamiento de equipos para su realización o culminación.

 

La necesidad de promover y proteger las inversiones como parte del marco de relaciones económicas establecido entre las partes se refleja en la suscripción de Acuerdos de Promoción y Protección Recíproca de Inversiones (APPRI), un elemento legal que Cuba ha puesto en práctica con un amplio número de países.

 

 

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